La vida en sí es una pura anécdota y si nos centramos en el proceso de implantación progresiva de la mediación en una ciudad como Córdoba, la anécdota cobra tintes dramáticos e incluso esperpénticos. Como en todo, siempre existen defensores y detractores, y la mediación no iba a ser una excepción. Esta carta va dirigida a los profesionales de la abogacía (más en masculino que en femenino y más sénior que júnior) que no ven claro que la mediación pueda ser un procedimiento beneficioso tanto para la sociedad como para la propia profesión. Por fortuna, quienes así piensan no representan a todos y a todas las profesionales del derecho, pero sí que tienen un peso considerable.
Entro en antecedentes. Hace ya unos meses se me propuso participar en las prácticas del Diploma de Especialización en Mediación Familiar y Menores en Conflicto Intra y Extrajudicial que ha organizado la Universidad de Córdoba, juntamente con el Colegio de abogados y el Colegio de psicólogos de Córdoba. Fui invitado por este último y yo acepté de muy buen grado. Después de varias vicisitudes y varios cambios en el programa de prácticas y, dado que los alumnos y alumnas del diploma insistieron rotundamente en trabajar con mediaciones reales, en ArsMediatio diseñamos una actividad a medida.
Realmente, las cinco personas que nos íbamos a hacer cargo de las prácticas coincidíamos en apuntar que en Córdoba hay muy pocas mediaciones, por lo que era complicado ofrecer prácticas reales. De este modo, desde nuestro servicio diseñamos una actividad para que los alumnos entrasen en contacto con el mundo real. La actividad consistía en que los alumnos y alumnas y yo mismo saldríamos a la calle para informar a la ciudadanía sobre qué es la mediación. La propuesta era sencilla y estaba inspirada en una actividad parecida puesta en marcha por Mediación Triana, servicio de mediación dirigido por Javier Alés y que tuvo una muy buena acogida. La idea era dar la oportunidad a la gente de acercarse y contarnos sus problemas y ofrecerles la posibilidad de mediar. Desde el principio, los cuatro alumnos se mostraron encantados y emocionados con la actividad e incluso recibimos la felicitación del mismo Colegio de Psicólogos.
Sin embargo, no todo iban a ser flores y violines. Días después de plantear la actividad, uno de los alumnos, abogado de profesión, me escribe un correo informándome de que no va a poder participar en la actividad porque el bufete en el que trabaja se lo ha prohibido expresamente. El motivo era que podía ser perjudicial para su profesión. Decir que me quedé sorprendido es quedarme corto. La cuestión es que, en realidad, tampoco me resultó tan sorprendente porque ya había tenido anteriormente algún que otro roce con profesionales del derecho refractarios a la mediación (con abogados administradores de fincas, más concretamente). Me sorprendió porque me confirmó claramente la presión que ejercen algunos colectivos de abogados a la hora de favorecer su aplicación.
Pero, ¿qué significa el término “perjudicial para la profesión”? Hubiera entendido mejor la prohibición si me hubiera dicho que podía ser perjudicial para el bufete. Al fin y al cabo, un abogado de un bufete privado iba a hacer difusión de un servicio ofrecido por un servicio de mediación que, hablando en términos mercantilistas, podría suponerles cierto grado de competencia. Salvando las distancias y, en cierto modo, podría ser como si un empleado de una compañía de telefonía fija colaborase en una campaña informativa de otra compañía distinta pero de telefonía móvil… Aunque hoy en día casi se confunden, en el fondo ambas ofrecen llamadas pero en formato distinto.
Pero realmente la frase fue “perjudicial para la profesión”, lo que iría más allá del negocio puro y duro y entraría en campos más filosóficos. A mi entender de mediador, esta frase denota un desconocimiento profundo y tal vez interesado sobre qué es la mediación. No voy a entrar en definiciones pero incluso desde círculos académicos del derecho se considera que son dos disciplinas complementarias, no rivales. Un ejemplo claro son los procesos de separación y divorcio. El mediador sólo interviene hasta la redacción del acuerdo y del convenio regulador. A partir de ahí es necesaria la intervención de un abogado y de un procurador para que el acuerdo sea validado por un juez y corroborado por el ministerio fiscal en caso de haber hijos de por medio. Por otra parte, el mediador se hace cargo de disputas civiles y mercantiles de baja gravedad, mientras que el abogado es imprescindible en temas penales y concursales. El conflicto, nunca mejor dicho, entre mediador y abogado se centraría en los procesos de divorcio contencioso. La mediación ayuda a evitar el contencioso para el que son necesarios dos abogados y dos procuradores y favorece el proceso de mutuo acuerdo donde solo es necesario uno. A veces me pregunto si hay interés por parte de ciertos bufetes de sacar el máximo provecho de sus clientes por encima de adaptarse a las necesidades de estos. Por suerte, no todos actúan así y anteponen el interés de su cliente al propio. De hecho, muchos se están formando en mediación por este motivo.
Pero Córdoba tiene el triste mérito de ser la ciudad de España con un mayor número de divorcios contenciosos (ver Diario Córdoba), lo que supone un amplio pastel a repartir entre los bufetes más litigiosos. En todo proceso de cambio se pierden recursos y privilegios pero a cambio se ganan otros. Convencer a la ciudadanía para encauzar lo contencioso hacia el acuerdo supondría menos trabajo para los abogados litigantes pero más casos para los abogados mediadores. Con información y educación en el arreglo dialogado de disputas y dado el menor coste de la mediación, las partes no se lo pensarían tanto a la hora de contratar un profesional que les ayudase a solucionar el problema.
En conclusión, tengo la total seguridad de que la mayoría de profesionales abogados y abogadas, sobre todo los más jóvenes, apuestan firmemente por la mediación, como complemento a su profesión y para dar un servicio más humano a sus clientes. Por otra parte, insisto en que es imprescindible la ayuda de las administraciones, no solo para hacer difusión de la mediación sino también para acabar de convencer a aquellos colectivos que aún son reacios a ella. Cuando se implantó el uso obligatorio del casco en motocicletas se llegó a pensar que sería el fin de estas. Hoy es el transporte más utilizado en ciudad. Fomentar el uso de la mediación no va a acabar con el ejercicio del derecho. Solo lo va especializar más y le va a dar un valor añadido importante.
Actualización del post: Después de haber hablado con la otra parte, se ha demostrado que ha sido un malentendido en el sentido de que el perjuicio a la profesión no se debía a un tema de competencia profesional (al menos en este caso) ni por la forma de hacer difusión de la mediación. Al parecer se debe al hecho de que se considera negativo que un abogado pueda sentarse con una persona en la calle a escuchar su posible problema. Aunque puedo llegar a entender el razonamiento, sigo sin estar de acuerdo con este ya que un mediador debe escuchar siempre, sea donde sea, a las partes en conflicto, más allá de las cuestiones de imagen y de prestigio. Lo primero es el usuario o cliente. Tampoco estoy de acuerdo con las formas a la hora de disuadir a un miembro del bufete para que no participara en la actividad. Se puede sugerir, indicar, pedir, aconsejar, pero no se debe prohibir de forma tan tajante. Pero esta situación se ha debido a una comunicación incorrecta por ambas partes, un fallo importante de mi parte como mediador. Pero somos humanos y no es lo mismo ser parte implicada que tercero imparcial. De todos modos, siempre se puede aprender de los fallos, propios y ajenos.